Alcance del informe de evaluación del edificio como intervención para los Arquitectos Técnicos y la trascendencia de su emisión
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Date
2020-05Unesco Subject/s
3305.28 Regulaciones, Códigos y Especificaciones
Abstract
La comunicación analizará los datos de la repercusión sobre el trabajo generado a los profesionales de la arquitectura técnica, devengado de la emisión del informe de evaluación del edificio, con el ámbito de aplicación de cada Comunidad Autónoma. Así mismo se estudiará el censo de edificios sujetos a elaboración de informe, en una capital de provincia, municipio de gran población, a tenor de lo dispuesto en el Artº 121 del Título X de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/1985. Se examinará el número y la entidad de las intervenciones que, de la emisión desfavorable del informe, generan las órdenes de ejecución. Se expondrán así mismo, los datos sobre los tipos de obras derivadas, mayores y menores, la tramitación administrativa de los expedientes y de la documentación técnica que se necesita en cada caso. Por otra parte, se procederá a considerar las posibles responsabilidades que se deriven de la redacción de los informes, así como del alcance y limitaciones de la inspección visual que da lugar a las conclusiones y valoración de los diferentes apartados de la parte de conservación que se contienen en el informe. Se estudiarán los casos en los que, tras la realización de la mencionada inspección visual, arrojando ésta indicios de un estado de conservación favorable, se han detectado deficiencias graves en el edificio en actuaciones posteriores. Por este motivo se considera necesario conocer las principales pautas que rigen una buena inspección visual, y los indicios que deben hacer saltar las alarmas al técnico inspector, así como los medios diagnósticos auxiliares que existen y se pueden emplear durante la inspección al amparo de la normativa vigente. Se finalizará haciendo un breve repaso a las atribuciones profesionales y competencias específicas que requiere la realización de estos encargos para delimitar la figura de técnico competente de la manera más precisa posible.
La comunicación analizará los datos de la repercusión sobre el trabajo generado a los profesionales de la arquitectura técnica, devengado de la emisión del informe de evaluación del edificio, con el ámbito de aplicación de cada Comunidad Autónoma. Así mismo se estudiará el censo de edificios sujetos a elaboración de informe, en una capital de provincia, municipio de gran población, a tenor de lo dispuesto en el Artº 121 del Título X de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/1985. Se examinará el número y la entidad de las intervenciones que, de la emisión desfavorable del informe, generan las órdenes de ejecución. Se expondrán así mismo, los datos sobre los tipos de obras derivadas, mayores y menores, la tramitación administrativa de los expedientes y de la documentación técnica que se necesita en cada caso. Por otra parte, se procederá a considerar las posibles responsabilidades que se deriven de la redacción de los informes, así como del alcance y limitaciones de la inspección visual que da lugar a las conclusiones y valoración de los diferentes apartados de la parte de conservación que se contienen en el informe. Se estudiarán los casos en los que, tras la realización de la mencionada inspección visual, arrojando ésta indicios de un estado de conservación favorable, se han detectado deficiencias graves en el edificio en actuaciones posteriores. Por este motivo se considera necesario conocer las principales pautas que rigen una buena inspección visual, y los indicios que deben hacer saltar las alarmas al técnico inspector, así como los medios diagnósticos auxiliares que existen y se pueden emplear durante la inspección al amparo de la normativa vigente. Se finalizará haciendo un breve repaso a las atribuciones profesionales y competencias específicas que requiere la realización de estos encargos para delimitar la figura de técnico competente de la manera más precisa posible.