Coordinación de seguridad y salud de instalaciones solares fotovoltaicas sobre cubiertas
Metadata
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Date
2022-05Subject/s
Coordinador de Seguridad y Salud
Evaluación de riesgos laborales
Abstract
Las instalaciones solares de autoconsumo están actualmente en pleno auge, debido a los cambios normativos que las incentivan, la posibilidad de optar a importantes subvenciones, y ahora impulsadas también por la subida del precio de la electricidad. Este tipo de instalaciones tienen consideración de obra de construcción, por lo que es preceptiva la designación de coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, por parte del promotor, sí se dan los supuestos establecidos en el artículo 3.2 del Real Decreto 1627/1997. Desde el punto de vista de la seguridad y salud, las instalaciones fotovoltaicas sobre cubierta presentan importantes peculiaridades, y en ellas, el riesgo de caída de altura tiene un especial protagonismo que obliga a adoptar contundentes medidas para evitar accidentes. Así, es habitual realizar instalaciones en cubiertas sin acceso seguro, sin protección perimetral o con elementos frágiles (lucernarios). Otra problemática que suele acompañar a estas instalaciones son las interferencias que se generan cuando se realizan en centros de trabajo con actividad (industrias, colegios, hospitales, etc.) y también las posibles afecciones a terceros cuando se realizan, por ejemplo, en viviendas unifamiliares y edificios de viviendas. También, y no menos importantes, son los riesgos eléctricos que pueden generarse durante y posteriormente al proceso de interconexión. Por desgracia, son continuas las noticias en prensa que informan de accidentes, principalmente mortales y derivados de caídas en altura, durante la realización de trabajos en cubiertas. Ello obliga a todos los agentes implicados a redoblar esfuerzos para que las instalaciones fotovoltaicas sobre cubierta se realicen con una adecuada planificación, y durante su ejecución haya un escrupuloso cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales. Y en este contexto, la figura del coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra juega un papel fundamental. En esta comunicación se pretende ofrecer una visión, desde la óptica del coordinador de seguridad y salud, del proceso de ejecución de una instalación fotovoltaica, desde su fase de planificación hasta la finalización de su ejecución y preparación del posterior mantenimiento. Así, se reflexionará sobre la obligatoriedad de la designación de coordinador en ciertos supuestos controvertidos, y se expondrán unas pautas y recomendaciones a tener en cuenta por el coordinador para enfrentarse con éxito a una instalación fotovoltaica.
Las instalaciones solares de autoconsumo están actualmente en pleno auge, debido a los cambios normativos que las incentivan, la posibilidad de optar a importantes subvenciones, y ahora impulsadas también por la subida del precio de la electricidad. Este tipo de instalaciones tienen consideración de obra de construcción, por lo que es preceptiva la designación de coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, por parte del promotor, sí se dan los supuestos establecidos en el artículo 3.2 del Real Decreto 1627/1997. Desde el punto de vista de la seguridad y salud, las instalaciones fotovoltaicas sobre cubierta presentan importantes peculiaridades, y en ellas, el riesgo de caída de altura tiene un especial protagonismo que obliga a adoptar contundentes medidas para evitar accidentes. Así, es habitual realizar instalaciones en cubiertas sin acceso seguro, sin protección perimetral o con elementos frágiles (lucernarios). Otra problemática que suele acompañar a estas instalaciones son las interferencias que se generan cuando se realizan en centros de trabajo con actividad (industrias, colegios, hospitales, etc.) y también las posibles afecciones a terceros cuando se realizan, por ejemplo, en viviendas unifamiliares y edificios de viviendas. También, y no menos importantes, son los riesgos eléctricos que pueden generarse durante y posteriormente al proceso de interconexión. Por desgracia, son continuas las noticias en prensa que informan de accidentes, principalmente mortales y derivados de caídas en altura, durante la realización de trabajos en cubiertas. Ello obliga a todos los agentes implicados a redoblar esfuerzos para que las instalaciones fotovoltaicas sobre cubierta se realicen con una adecuada planificación, y durante su ejecución haya un escrupuloso cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales. Y en este contexto, la figura del coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra juega un papel fundamental. En esta comunicación se pretende ofrecer una visión, desde la óptica del coordinador de seguridad y salud, del proceso de ejecución de una instalación fotovoltaica, desde su fase de planificación hasta la finalización de su ejecución y preparación del posterior mantenimiento. Así, se reflexionará sobre la obligatoriedad de la designación de coordinador en ciertos supuestos controvertidos, y se expondrán unas pautas y recomendaciones a tener en cuenta por el coordinador para enfrentarse con éxito a una instalación fotovoltaica.