Repercusión de los costes indirectos en los presupuestos de los proyectos
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Fecha
2018Resumen
La comunicación parte de la hipótesis de la inadecuada aplicación de los criterios para establecer los Costes Indirectos en los Proyectos de Obras y es por lo que se propone, como objetivo, plantear un método que permita su correcta estimación. Se ha desarrollado una investigación basada en el estudio de mil doscientos cuarenta y tres (1.243) Proyectos de Obras Oficiales redactados para Organismos Oficiales y después de eliminar los 243 Proyectos considerados como no válidos, se han obtenido los datos suficientes para llegar a la conclusión de que el criterio utilizado para el cálculo de los Costes Indirectos ha sido erróneo. La decisión de analizar proyectos para obra pública se basa que es obligatorio la incorporación de precios descompuestos en la confección del presupuesto de la obra, situación esta, que en los proyectos privados no es un requisito ni legal ni que habitualmente se exija. Como consecuencia los Proyectos mencionados aportan un Presupuesto de Ejecución Material que no se corresponde con la realidad de la valoración económica de la obra proyectada ya que este error impide obtener adecuadamente el precio unitario de ejecución material de las partidas de obra que componen el presupuesto. Se parte de la base de una serie de supuestos entre los que destacan: * Desconocimiento generalizado de su cálculo por parte de los técnicos proyectistas. * Uso inadecuado de los criterios de valoración y estimación de los Costes Indirectos en los Proyectos de Obra Oficiales para la Administración Pública y carencia de la justificación de la estimación calculada. * Falta de concreción, en los criterios establecidos en los documentos legales de obligado cumplimiento, de cómo se deben estimar.
La comunicación parte de la hipótesis de la inadecuada aplicación de los criterios para establecer los Costes Indirectos en los Proyectos de Obras y es por lo que se propone, como objetivo, plantear un método que permita su correcta estimación. Se ha desarrollado una investigación basada en el estudio de mil doscientos cuarenta y tres (1.243) Proyectos de Obras Oficiales redactados para Organismos Oficiales y después de eliminar los 243 Proyectos considerados como no válidos, se han obtenido los datos suficientes para llegar a la conclusión de que el criterio utilizado para el cálculo de los Costes Indirectos ha sido erróneo. La decisión de analizar proyectos para obra pública se basa que es obligatorio la incorporación de precios descompuestos en la confección del presupuesto de la obra, situación esta, que en los proyectos privados no es un requisito ni legal ni que habitualmente se exija. Como consecuencia los Proyectos mencionados aportan un Presupuesto de Ejecución Material que no se corresponde con la realidad de la valoración económica de la obra proyectada ya que este error impide obtener adecuadamente el precio unitario de ejecución material de las partidas de obra que componen el presupuesto. Se parte de la base de una serie de supuestos entre los que destacan: * Desconocimiento generalizado de su cálculo por parte de los técnicos proyectistas. * Uso inadecuado de los criterios de valoración y estimación de los Costes Indirectos en los Proyectos de Obra Oficiales para la Administración Pública y carencia de la justificación de la estimación calculada. * Falta de concreción, en los criterios establecidos en los documentos legales de obligado cumplimiento, de cómo se deben estimar.





