La gestión económica del director de ejecución de la obra dentro del marco de la nueva Ley de Contratos del Sector Público
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Date
2018Unesco Subject/s
5311.04 Organización de Recursos Humanos
Abstract
La publicación de la nueva Ley 9/17 de Contratos de Sector Público, el pasado 9 de noviembre, implica que la Gestión Económica del Director de Ejecución de la Obra, va a sufrir cambios que conllevan que los procedimientos a seguir tengan que ser modificados y adaptados a la nueva legislación. Estos cambios afectan a todas las fases del expediente administrativo de una obra como son:1. Confección del presupuesto que integra el Proyecto y que servirá de base para la Licitación. 2. Criterios a tener en cuenta en el procedimiento de Licitación, Adjudicación y Contratación de la obra con la empresa adjudicataria. 3. Seguimiento de la Ejecución de la Obra. 4. Procedimiento para seguir en la Recepción, período de Garantía y posterior Liquidación de la obra. El objetivo de la comunicación es informar y facilitar, al Director de la Ejecución de la Obra, de los pasos que debe seguir, teniendo en cuenta, tanto el cumplimiento del todavía vigente Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como lo estipulado en la nueva Ley. Se realiza mención especial a los procedimientos que se han visto modificados, por la nueva Ley y que tienen repercusión en la labor que desarrolla el Director de la Ejecución de la Obra cuando el promotor es la Administración. Las principales novedades que aporta la Ley, desde un punto de vista jurídico, además de su adaptación a la directiva europea, son: 1. Régimen jurídico de los medios propios de la administración. 2. Prohibiciones de contratar. 3. Exigencia de subgrupos de clasificación. 4. Límites a las garantías exigibles por las empresas públicas. 5. Criterios de adjudicación, mejoras y cláusulas sociales y medioambientales. 6. Respeto a las normas de calidad, medioambientales y sociales y a los convenios colectivos. 7. Bajas anormales o desproporcionadas. 8. Plazos de presentación de proposiciones. 9. Régimen de pagos. 10. Modificaciones del contrato.
La publicación de la nueva Ley 9/17 de Contratos de Sector Público, el pasado 9 de noviembre, implica que la Gestión Económica del Director de Ejecución de la Obra, va a sufrir cambios que conllevan que los procedimientos a seguir tengan que ser modificados y adaptados a la nueva legislación. Estos cambios afectan a todas las fases del expediente administrativo de una obra como son:1. Confección del presupuesto que integra el Proyecto y que servirá de base para la Licitación. 2. Criterios a tener en cuenta en el procedimiento de Licitación, Adjudicación y Contratación de la obra con la empresa adjudicataria. 3. Seguimiento de la Ejecución de la Obra. 4. Procedimiento para seguir en la Recepción, período de Garantía y posterior Liquidación de la obra. El objetivo de la comunicación es informar y facilitar, al Director de la Ejecución de la Obra, de los pasos que debe seguir, teniendo en cuenta, tanto el cumplimiento del todavía vigente Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como lo estipulado en la nueva Ley. Se realiza mención especial a los procedimientos que se han visto modificados, por la nueva Ley y que tienen repercusión en la labor que desarrolla el Director de la Ejecución de la Obra cuando el promotor es la Administración. Las principales novedades que aporta la Ley, desde un punto de vista jurídico, además de su adaptación a la directiva europea, son: 1. Régimen jurídico de los medios propios de la administración. 2. Prohibiciones de contratar. 3. Exigencia de subgrupos de clasificación. 4. Límites a las garantías exigibles por las empresas públicas. 5. Criterios de adjudicación, mejoras y cláusulas sociales y medioambientales. 6. Respeto a las normas de calidad, medioambientales y sociales y a los convenios colectivos. 7. Bajas anormales o desproporcionadas. 8. Plazos de presentación de proposiciones. 9. Régimen de pagos. 10. Modificaciones del contrato.