Normativa sobre accesibilidad y personas con discapacidad
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Date
2019-10Subject/s
Unesco Subject/s
Abstract
Mi primera intención es plantear el tratamiento legal de la materia, es decir la normativa sobre accesibilidad y personas con discapacidad partiendo del artículo 49 de la constitución española del 78, encuadrado en el Capítulo Tercero, (De los principios rectores de la política social y económica), afirma que: “Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos” concepto de disminuido que implica una carga peyorativa que hay que desterrar del vocabulario, ya que la semántica tiene sentido en la medida en que el concepto acaba aceptando una determinada imagen de la situación; por ello está en marcha una modificación del citado precepto que responda a la realidad social.
Mi primera intención es plantear el tratamiento legal de la materia, es decir la normativa sobre accesibilidad y personas con discapacidad partiendo del artículo 49 de la constitución española del 78, encuadrado en el Capítulo Tercero, (De los principios rectores de la política social y económica), afirma que: “Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos” concepto de disminuido que implica una carga peyorativa que hay que desterrar del vocabulario, ya que la semántica tiene sentido en la medida en que el concepto acaba aceptando una determinada imagen de la situación; por ello está en marcha una modificación del citado precepto que responda a la realidad social.





